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¿Qué hacer en caso de accidente automovilístico?

Datos necesarios para reportar el accidente:
IMPORTANTE: En caso de siniestro, le sugerimos no retirarse del lugar.
1. Número de póliza e inciso en caso de flotillas.
2. Nombre del asegurado.
3. Nombre del conductor al momento del accidente.
4. Proporcionar algún número telefónico para estar en contacto con el asegurado.
5. Datos generales del vehículo (marca, tipo, color, placas para su mejor localización)
6. Lugar del accidente, debe indicar calle, entre calles, colonia y referencia de la zona.

¡Llame a la cabina de siniestros de su aseguradora para que un ajustador le acompañe y asesore durante el trámite!

LOS TELEFONOS SE ENCUENTRAN EN LAS CONDICIONES GENERALES DE SU POLIZA
• Recuerde que no debe de admitir responsabilidad alguna y abstenerse de hacer arreglos u ofertas de pago, dejando la atención del accidente al ajustador.

• Si no obstruye la circulación le recomendamos no moverse del lugar del accidente, hasta que el ajustador haya tomado conocimiento del mismo. Recuerde que algunos reglamentos de tránsito consideran infracción el moverse del accidente.

• No olvide que no debe dejar abandonado el vehículo después del accidente, ya que el seguro no cubre pérdidas por robo parcial de partes.

• Si requiere servicio de grúa, es indispensable que al entregar el vehículo integre el inventario de partes, ya que las aseguradoras no se harán responsables de posibles faltantes no estipulados.


Documentos a presentar al ajustador:
  1. Póliza y último recibo de pago.
  2. Licencia de manejo o permiso provisional.

Guía para el trámite de pago de Pérdidas Totales:

Para llevar a cabo el pago de trámites de accidentes deberá presentar a la compañía los siguientes documentos según sea el caso:

A) Daños Materiales:
• Póliza y/o tarjeta de identificación.
• Copia del último recibo de pago.
• Forma de declaración de accidente (proporcionada por el ajustador de la aseguradora)
• Fotocopia de la licencia o permiso provisional.

B) Pérdida Total por Robo o Daños Materiales:
1. Personas físicas: factura original endosada a favor de su aseguradora
2. Personas morales: factura original de la empresa a favor de su aseguradora y copia del poder notarial del representante legal.
3. Fotocopia de la(s) factura(s) anteriores desde la del origen con sus endosos.
4. Tarjetón del registro federal de vehículos hasta modelos 1989.
5. Comprobantes de pagos de las últimas 5 tenencias (en su caso). 6. Comprobante de verificación ambiental cuando esta proceda.
7. Copia certificada de la averiguación previa ante el Ministerio Público correspondiente al lugar donde ocurrió el robo.
8. Acreditación de la propiedad, debe constar en la averiguación previa levantada.
9. Original del aviso a la Policía Federal de Caminos (siempre que haya ocurrido fuera del área metropolitana).
10. Liberación del vehículo en calidad de posesión (en su caso).
11. Llaves del vehículo (en su caso).
12. Baja de placas y recibo de pago del trámite.
13. La factura notariada no es un documento válido para la transmisión de propiedad.
14. En caso de no contar con factura se deberá iniciar un Juicio Ordinario Civil.

C) Cobertura de equipo especial:
En esta cobertura la indemnización quedará sujeta a la presentación de facturas del equipo afectado que se encuentre asegurado en la póliza y resulte afectado a consecuencia de riesgos descritos en la cobertura de Daños Materiales y Robo Total.


Responsabilidad civil por daños a terceros:

A) Responsabilidad Civil en Bienes

• En este tipo de accidentes, donde fuera imposible que un representante de la aseguradora acudiera en forma independiente al lugar de los hechos, el asegurado deberá presentar copia del acta levantada ante el Ministerio Público, Policía Federal de Caminos o policía correspondiente al lugar del accidente, donde se asienten los hechos que dieron lugar a la reclamación.

B) Responsabilidad Civil Personas

• En el caso de responsabilidad civil por gastos médicos, invalidez temporal o invalidez permanente, la aseguradora extenderá al lesionado un pase de admisión para que sea atendido con alguno de sus médicos y/o hospitales de su red médica.
• En todos los casos deberá entregarse un informe médico firmado por el profesionista que proporcionó la atención, así como las facturas de hospital, recibos de honorarios médicos y notas de medicinas acompañadas por las recetas correspondientes.
• En su caso, acta de defunción del tercero afectado bajo la cobertura de responsabilidad civil por muerte, así como acta de nacimiento y acta de matrimonio si procediere.
• En caso de gastos de entierro, será necesario acompañar los comprobantes originales de estos gastos.
• En caso de no existir beneficiario designado, deberán presentarse los comprobantes que acrediten el derecho de sucesión del reclamante.




 

 
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Rojas Saldaña
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